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JPMorgan Chase Bank lanza una oferta de compra de bonos canjeables liquidados en efectivo de Dufry con vencimiento en 2021

JPMorgan Chase Bank, N.A. (el “ Ofertante ”) anuncia hoy su oferta para la compra (la “ Oferta ”) a los titulares (los “ Titulares de bonos ”) de sus bonos cupón cero canjeables liquidados en efectivo de 350.000.000 USD con vencimiento en 2021 (XS1748457352).
LONDRES, (informazione.it - comunicati stampa - servizi)

JPMorgan Chase Bank, N.A. (el “Ofertante”) anunciahoy su oferta para la compra (la “Oferta”) a los titulares (los “Titulares de bonos”) de sus bonos cupón cero canjeables liquidados en efectivo de 350.000.000 USD con vencimiento en 2021 (XS1748457352). Actualmente, el importe principal agregado en circulación (los “Bonos”) según las condiciones descritas en este Comunicado de Prensa es de 350.000.000 USD.

El Ofertante ofrece la compra de todos y cada uno de los Bonos por un importe de compra en efectivo de 185.000 USD por 200.000 USD en monto principal de los Bonos licitados por los Titulares de Bonos con arreglo a la Oferta.

J.P. Morgan Securities plc actúa como Gestor de la Oferta y la sucursal de Londres de The Bank of New York Mellon actúa como Agente de Licitación, cada uno en relación con la Oferta.

Calendario de la Oferta

A continuación, se expone el calendario de la Oferta:

   
Fecha de lanzamiento 10 de octubre de 2018
 
Plazo de Liquidación Intermedia

4.00 p.m. (hora de Londres) el 16 de octubre de 2018, 23 de octubre de 2018 y 30 de octubre de 2018

 

En relación a las licitaciones consideradas válidas con anterioridad o en la fecha de cada Plazo de Liquidación Intermedia, el Ofertante espera liquidar los Bonos aceptados para su compra (si los hubiera) en la correspondiente Fecha de Liquidación Intermedia que será la fecha transcurridos tres días hábiles de Londres y Nueva York tras el Plazo de Liquidación Intermedia pertinente

 

El Agente de Licitación debe recibir las Instrucciones de Licitación (como se describe a continuación) a través de Euroclear Bank SA/NV (“Euroclear”) o Clearstream Banking, S.A. (“Clearstream, Luxemburgo”) en el Plazo de Liquidación Intermedia pertinente o con anterioridad a este para que los Bonos pertinentes sean aceptados para su compra y liquidados en la Fecha de Liquidación Intermedia correspondiente al Plazo de Liquidación Intermedia

 
Plazo de Vencimiento

4.00 p.m. (hora de Londres) el 6 de noviembre de 2018

 

El Agente de Licitación debe recibir las Instrucciones de Licitación a través de Euroclear Clearstream, Luxemburgo en el Plazo de Vencimiento o con anterioridad a este para que los Bonos pertinentes sean elegibles para su compra

 
Publicación de resultados La Publicación del importe principal agregado de los Bonos aceptados para su compra en virtud de la Oferta se hará en cuanto sea razonable tras el Plazo de Vencimiento mediante la publicación de tal información a través de la entrega de una notificación a Euroclear y Clearstream, Luxemburgo (los “Sistemas de Compensación”) para su comunicación a los Participantes Directos (como se define a continuación).
 
Fecha de Liquidación Final prevista 9 de noviembre de 2018
 

Se recomienda a los Titulares de Bonos que verifiquen con cualquier banco, corredor de valores u otro intermediario (incluido cualquier Participante Directo de un Sistema de Compensación) a través del cual poseen los Bonos en el plazo en que dicho intermediario requeriría recibir instrucciones para participar en la Oferta, o retirar sus Instrucciones de Licitación para participar en ella, con el fin de cumplir con el plazo establecido anteriormente.

Es probable que el plazo establecido por dicho intermediario (incluido cualquier Participante Directo de los Sistemas de Compensación) sea anterior al plazo especificado arriba.

El Ofertante se reserva expresamente el derecho, a su total discreción y con arreglo a la legislación aplicable, en cualquier momento, a (i) ampliar el Plazo de Vencimiento, (ii) retener los Bonos licitados con éxito por los Titulares de Bonos con arreglo a la Oferta y (iii) modificar las condiciones de la Oferta en cualquier sentido. Cualquier modificación aplicable a la Oferta se aplicará a los Bonos licitados con arreglo a la Oferta. Si el Ofertante realiza un cambio material en las condiciones de la Oferta o la información referente a la Oferta, difundirá materiales de divulgación adicionales y extenderá la Oferta en la medida en que la ley lo disponga.

Participación en la Oferta

Únicamente los Participantes Directos podrán presentar Instrucciones de Licitación. Los Titulares de Bonos que esperan participar en la Oferta y que son Participantes Directos de un Sistema de Compensación deben tomar las medidas establecidas directamente a continuación. Los Titulares de Bonos que deseen participar en la Oferta y no sean Participantes Directos de un Sistema de Compensación deben encargar la presentación de las Instrucciones de Licitación al banco, depositario o intermediario a través del cual poseen los Bonos. Cualquier costo o gasto incurrido por el banco, depositario o intermediario que presente Instrucciones de Licitación correrá a cargo del Titular de Bonos pertinente. Un “Participante Directo” es una persona que aparece como titular de los Bonos en los registros del Sistema de Compensación correspondiente.

Las instrucciones para licitar Bonos con arreglo a la Oferta (“Instrucciones de Licitación”) deberán enviarse al Sistema de Compensación pertinente de conformidad con los procedimientos habituales de dicho Sistema de Compensación. La licitación de Bonos en la Oferta se considerará que se ha efectuado una vez que el Agente de Licitación del Sistema de Compensación relevante haya recibido una Instrucción de Licitación válida presentada con arreglo a los requisitos de dicho Sistema de Compensación. La recepción de dicha Instrucción de Licitación por parte del Sistema de Compensación será reconocida de conformidad con las prácticas habituales de dicho Sistema de Compensación y tendrá como resultado el bloqueo de los Bonos pertinentes en la cuenta del Titular de los Bonos con el Sistema de Compensación correspondiente de forma que no se realizarán transferencias en relación con tales Bonos.

Las Instrucciones de Licitación son irrevocables tras su presentación excepto en las condiciones restrictivas descritas en “Condiciones Generales de la Oferta”.

Nueva Oferta de Bonos

El Ofertante también anunció hoy el lanzamiento de una oferta de bonos canjeables liquidados en efectivo con vencimiento en 2021 (los “Nuevos Bonos”) por un importe principal agregado mínimo de 150.000.000 USD. Los Nuevos Bonos están relacionadas con acciones ordinarias de Dufry AG. Los derechos de canje con respecto a los Nuevos Bonos sólo se liquidarán en efectivo.

Información de contacto

Las solicitudes de información referentes a las condiciones de la Oferta deben ir dirigidas a:

J.P. Morgan Securities plc

25 Bank Street

Canary Wharf

Londres E14 5JP

Reino Unido

A la atención de: J.P. Morgan equity-linked team

Teléfono: +44 207 134 2650

Correo electrónico: Eql_LM@jpmorgan.com

Las solicitudes de información referentes a los procedimientos para participar en la Oferta deben ir dirigidas a:

The Bank of New York Mellon, London Branch

One Canada Square

Londres E14 5AL

Reino Unido

A la atención de: Debt Restructuring Services

Teléfono: +44 (0) 1202 689644

Correo electrónico: debtrestructuring@bnymellon.com

Información interna

Este comunicado de prensa está relacionado con la divulgación de información contrastada, o que pueda haber sido contrastada, como información interna según el significado del Artículo 7(1) del Reglamento de Abuso de Mercado de la Unión Europea.

CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA

   
1. Los Titulares de Bonos que deseen participar en la Oferta deberán legítimamente licitar Bonos por un importe principal mínimo de 200.000 USD.
 
2. La participación en la Oferta está condicionada a la presentación de Instrucciones de Licitación que, a total discreción del Ofertante, se hayan realizado legítimamente y el Ofertante no tiene obligación de ningún Titular de Bonos pertinente a presentar ningún motivo o justificación para rechazar la compra de Bonos licitados con arreglo a la Oferta. Por ejemplo, las licitaciones de Bonos con arreglo a la Oferta podrán ser rechazadas si la Oferta llega a su término o si la licitación de los Bonos no cumple con los requisitos de una jurisdicción en particular.
 
3. Todos los pagos realizados por el Ofertante o en su nombre de conformidad y en conexión con la Oferta se harán netos de cualquier retención o deducción para, o debido a, cualquier impuesto, derecho, tasación o cargos gubernamentales de cualquier naturaleza impuestos, recolectados, percibidos, retenidos o tasados por cualquier autoridad o en su nombre que tenga poder para fijar impuestos. Si tal retención o deducción es requerida, el Ofertante está autorizado a retener o deducir cualquier cantidad de dichos pagos para cumplir con la retención o deducción y ningún Ofertante, Agente de Licitación o Gestor de la Oferta estará obligado a pagar ningún monto adicional a los Titulares de Bonos en referencia a dicha retención o deducción.
 
4. Si el Ofertante modifica la Oferta en cualquier manera que, en la opinión del Ofertante (previa consulta con el Gestor de la Oferta), sea materialmente perjudicial a los Titulares de los Bonos que ya hayan presentado las Instrucciones de Licitación antes de la publicación de tal modificación y donde no se haya producido la liquidación de la compra de los Bonos relevantes antes de tal publicación (donde la publicación deberá incluir una declaración que en la opinión del Ofertante tal modificación es materialmente perjudicial para dichos Titulares de los Bonos), entonces dichas Instrucciones de Licitación quedarán revocadas durante un periodo de 24 horas siguientes a tal publicación de acuerdo con los procedimientos del Sistema de Compensación relevante (y la liquidación de dichas Instrucciones de Licitación quedarán suspendidas durante dicho periodo). Como aclaración, cualquier Titular de Bonos que no ejerza tal derecho de revocación en las circunstancias y en la manera especificada anteriormente, se considerará que ha renunciado a dicho derecho de revocación y su Instrucción de Licitación original permanecerá vigente. Se podrá revocar una Instrucción de Licitación por parte de un Titular de Bonos (si dicho Titular de Bonos es un Participante Directo), o en nombre del Participante Directo relevante, presentando una instrucción electrónica de retirada válida al Sistema de Compensación relevante. Para que tenga validez, dicha instrucción debe especificar la Instrucción de Licitación original relacionada, la cartera de valores a la que se acreditan dichos Bonos y cualquier otra información requerida por el Sistema de Compensación relevante. Puede que las Instrucciones de Licitación no se retiren tras la liquidación de la compra de los Bonos relevantes.
 
5. Cada Titular de Bonos es el único responsable de hacer su propia evaluación de todas las cuestiones (incluidas aquellas relacionadas con la Oferta, los Bonos, el Ofertante y Dufry AG cuyas acciones se pueden atribuir a los Bonos) según el Titular de Bonos lo considere apropiado, incluidas cuestiones impositivas, al determinar si se licitan los Bonos de conformidad con la Oferta y, en tal caso, el importe principal agregado de los Bonos que desea licitar.
 
6. La Oferta, cualquier aceptación de la Oferta por parte de los Titulares de Bonos, y cualquier obligación no contractual derivada de, o relacionada con la Oferta, se regirá e interpretará conforme a la legislación de Inglaterra.
 

RESTRICCIONES DE LA OFERTA

Este Comunicado de Prensa no constituye una Oferta de compra de Bonos en cualquier jurisdicción en la que, por parte o en nombre de cualquier persona para la cual, sea ilegal realizar tal oferta de conformidad con las leyes de valores aplicables. En determinadas jurisdicciones, la distribución de este Comunicado de Prensa puede quedar restringida por ley. Las personas que entren en posesión de este Comunicado de Prensa deberán, según lo requiera cada Ofertante, el Agente de Licitación y el Gestor de la Oferta, informarse acerca de, y respetar, tales restricciones.

Reino Unido

La comunicación de este Comunicado de Prensa por parte del Ofertante y cualquier otro documento o material relacionado con la Oferta no se ha efectuado, y dichos documentos y/o materiales no se han aprobado, por una persona autorizada para los fines de la sección 21 de la Ley de Mercados y Servicios Financieros 2000 (la “FSMA”). En consecuencia, tales documentos y/o materiales no se han distribuido, y no se deben transmitir, al público general en el Reino Unido. La comunicación de dichos documentos y/o materiales estará exenta de la restricción de promociones financieras conforme a la sección 21 de la FSMA sobre la base de que está dirigida únicamente y solo se podrá comunicar a (1) personas que cuenten con experiencia profesional en materias relacionadas con inversiones, siendo profesionales de inversión como se define en el Artículo 19 de la Orden de 2005 (la “FPO”) de la Ley de Mercados y Servicios Financieros 2000 (Promoción Financiera); (2) personas dentro del ámbito de aplicación del Artículo 43(2) de la FPO; o (3) cualquier otra persona a la que se le pueda comunicar legalmente estos documentos y/o materiales. Cualquier inversión o actividad inversora relacionada con este Comunicado de Prensa está disponible para dichas personas o se refiere exclusivamente a dichas personas, por lo que otras personas no deben tenerla en consideración.

Francia

La Oferta no se realiza, directa o indirectamente, para el público en la República de Francia (“Francia”). Ni este Comunicado de Prensa ni ningún otro documento o material referente a la Oferta puede distribuirse públicamente en Francia y solo: (i) proveedores de servicios inversores relacionados con la gestión de carteras para la cuenta de terceros (personnes fournissant le service d’investissement de gestion de portefeuille pour compte de tiers); y/o (ii) inversores cualificados (investisseurs qualifiés), actuando por su cuenta, en términos de, y en conformidad con, los Artículos L.411-1, L.411-2 y D.411-1 del Código Monetario y Financiero francés son elegibles para participar en la Oferta. Este Comunicado de Prensa no ha sido presentado para su aprobación por la Autorité des Marchés Financiers.

Italia

Ninguna Oferta, este Comunicado de Prensa o cualquier documento o material relacionado con la Oferta ha sido presentado a los procedimientos de aprobación de la Commissione Nazionale per le Societa e la Borsa (CONSOB) en virtud de las leyes y normativas italianas. La Oferta se está llevando a cabo en la República de Italia (“Italia”) como una oferta exenta en virtud del artículo 101-bis, párrafo 3-bis del Decreto Legislativo N.º 58 del 24 de febrero de 1998, según sus modificaciones oportunas (la Ley de Servicios Financieros) y del artículo 35-bis, párrafo 3 del Reglamento CONSOB N.º 11971 del 14 de mayo de 1999, según sus modificaciones oportunas.

En consecuencia, la Oferta está únicamente dirigida a los titulares de Bonos ubicados en la República de Italia que sean “inversores cualificados” (investitori qualificati) como se define en virtud de y según el significado del Artículo 100 de la Ley de Servicios Financieros y el artículo 35-bis, párrafo 4 del Reglamento CONSOB N.º 11971 del 14 de mayo de 1999, según sus modificaciones oportunas. Los titulares o beneficiarios activos de los Títulos en virtud de la Oferta a través de las personas autorizadas (como empresas inversoras, bancos o intermediarios financieros a quienes se les permite realizar tales actividades en Italia conforme a la Ley de Servicios Financieros, Reglamento CONSOB N.º 16190 del 29 de octubre de 2007, con sus modificaciones ocasionalmente, y el Decreto Legislativo N.º 385 del 1 de septiembre de 1993, con sus modificaciones) y en conformidad con las leyes y normativas o con los requisitos impuestos por CONSOB o cualquier otra autoridad italiana. Cada intermediario debe cumplir con las leyes y normativas aplicables referentes a los deberes de información frente a sus clientes en conexión con los Bonos o la Oferta.

Suiza

Ni este Comunicado de Prensa ni ningún otro ofrecimiento o material referente a la Oferta constituirá un prospecto tal y como se entiende en virtud del artículo 652a o el artículo 1156 del Código Federal de Obligaciones de Suiza o prospectos de cotización según el significado de las normas de cotización de SIX Swiss Exchange Ltd. En consecuencia, las normas de protección del inversor de otro modo aplicables a los inversores en Suiza no se aplican a la Oferta. En caso de duda, se recomienda a los inversores con base en Suiza que se pongan en contacto con su asesor legal, financiero o fiscal en lo que respecta a la Oferta.

General

Este Comunicado de Prensa no constituye una oferta para vender o comprar o una solicitud de oferta para vender o comprar los Bonos, según se establezca (y no se aceptará ninguna participación en la Oferta por los Titulares de Bonos) en cualquier circunstancia en la que dicha oferta o solicitud sea ilegal. En las jurisdicciones en las que la legislación sobre valores, la legislación “blue sky” u otras leyes requieran que la Oferta se realice por un corredor o comerciante con licencia y cualquier Gestor de la Oferta o sus afiliadas sea un corredor o comerciante con licencia en tales jurisdicciones, la Oferta se considerará realizada por el Gestor de la Oferta o su afiliada (según el caso) en nombre del Ofertante en dichas jurisdicciones.

REPRESENTACIONES

Al participar en la Oferta, se considerará que cada Titular de Bonos y cualquier intermediario en nombre de dicho Titular de Bonos acuerda, y reconoce, representa, garantiza y compromete al Ofertante, al Agente de Licitación y al Gestor de la Oferta en la fecha de presentación de la Instrucción de Licitación correspondiente, el Plazo de Vencimiento y la Fecha de Liquidación que:

       
(i) ha revisado y aceptado las Condiciones Generales de la Oferta y las Restricciones de la Oferta, según este Comunicado de Prensa, y confirma que es capaz de participar en la Oferta en conformidad con las Restricciones de la Oferta;
 
(ii) no es una persona a quien le es ilegal realizar la Oferta bajo las leyes de títulos y valores aplicables y ha cumplido con todas las leyes y normativas aplicables a efectos de participación en la Oferta;
 
(iii) confirma que no, y entiende y acepta que no, confía en ninguna investigación que el Agente de Licitación, el Gestor de la Oferta o cualquier persona actuando en su nombre pueda haber realizado con respecto al Ofertante, a los Bonos, a la Oferta o a las acciones a las que se refieren los Bonos, y el Agente de Licitación, el Gestor de la Oferta y sus respectivas afiliadas no hacen ninguna declaración, expresa o implícitamente, con respecto a la Oferta, al Ofertante, a los Bonos o a las acciones relacionadas con los Bonos;
 
(iv) ha consultado o consultará con sus propios asesores legales, regulatorios, fiscales, de negocios, de inversión, financieros y contables en relación con el presente documento en la medida en que lo considere oportuno; ha revisado toda la información que cree que es necesaria o apropiada en relación con la Oferta; y toma o tomará sus propias decisiones basadas en sus juicios, diligencia debida y consejo de dichos asesores en la medida en que lo considere necesario y no según cualquier visión expresada por o en nombre del Ofertante, el Gestor de la Oferta o el Agente de Licitación;
 
(v) confirma que el Ofertante, el Agente de Licitación, el Gestor de la Oferta o cualquiera de sus respectivos directores, empleados o asesores no ha proporcionado información con respecto a las consecuencias impositivas surgidas de la participación en la Oferta, y confirma que es responsable de cualquier impuesto o pago similar relacionado que pueda exigir la ley de cualquier jurisdicción aplicable como resultado de su participación en la Oferta;
 
(vi) confirma que (a) los Bonos que los Titulares de Bonos licitan en virtud de la Oferta se están transfiriendo por parte de dicho Titular de Bonos con garantía de titularidad plena libre de toda carga, gravamen o limitación y junto con todos los derechos que conllevan y (b) es el titular legal con respecto a los Bonos, o si dicho Titular de Bonos actúa en calidad de fiduciario o agencia u otra capacidad como intermediario, entonces dicho Titular de Bonos tiene total discreción o actúa según instrucciones válidas con respecto a los Bonos licitados;
 
(vii) bloquea y bloqueará los Bonos hasta el inicio de la liquidación en la Fecha de Liquidación o el cese de la Oferta en el sistema de compensación correspondiente y, de conformidad con los requisitos y dentro del plazo requerido por dicho sistema de compensación, ha presentado o solicitado la presentación de una instrucción al sistema de compensación para autorizar el bloqueo de los Bonos licitados con efecto desde la fecha de dicha presentación, de manera que no se podrán efectuar las transferencias de dichos Bonos durante el periodo de transferencia de los Bonos en la Fecha de Liquidación al Ofertante, o por orden de este o de su agente en su nombre y hasta la cancelación de dichos Bonos; y
 
(viii)

no es un individuo o entidad (una “Persona Restringida por Sanciones”):

 

A.

que sea, pertenezca o esté controlado por una Persona Restringida por Sanciones descrita o designada en (a) la lista más actual de “Specially Designated Nationals and Blocked Persons” (que a fecha de hoy se puede encontrar en: https://www.treasury.gov/ofac/downloads/sdnlist.pdf) (la “Lista SDN”) o la “Foreign Sanctions Evaders List” (que a fecha de hoy se puede encontrar en: http://www.treasury.gov/ofac/downloads/fse/fselist.pdf, la “Lista FSE”) o (b) la “Consolidated list of persons, groups and entities subject to EU financial sanctions” más actual (que a fecha de hoy se puede encontrar en: https://eeas.europa.eu/headquarters/headquarters-homepage_en/8442/Consolidated%20list%20of%20sanctions); o

 

B.

que de lo contrario esté sujeto a cualquier sanción administrada por una Autoridad de Sanciones en virtud de su inclusión en: (x) la lista más actual de “Sectoral Sanctions Identifications” (que a fecha de hoy se puede encontrar en: http://www.treasury.gov/resource-center/sanctions/SDN-List/Pages/ssi_list.aspx) (la “Lista SSI”), (y) Anexos III, IV, V y VI del Reglamento del Consejo N.º 833/2014, con sus modificaciones por la Regulación del Consejo N.º960/2014 (los “Anexos UE”), o (z) cualquier otra lista con efecto similar al de la Lista SSI o los Anexos UE mantenidos por una Autoridad de Sanciones.

 

A efectos de esta representación “Autoridad de Sanciones” significa:

 

(a)

el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;

 

(b)

las correspondientes instituciones y organismos gubernamentales de Estados Unidos, Reino Unido, la Unión Europea incluyendo, entre otros, la Oficina de Control de Bienes Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, el Departamento de Estado de los Estados Unidos, el Departamento de Comercio de los Estados Unidos y Her Majesty’s Treasury; y

 

(c)

cualquier otra autoridad, institución u organismo gubernamental o regulatorio equivalente que administre sanciones.

 
La representación mencionada anteriormente en (viii) no se considerará útil siempre y cuando sea o fuese inaplicable por motivos de incumplimiento de alguna disposición de la Regulación del Consejo (CE) N.º 2271/1996 del 22 de noviembre de 1996 (o cualquier ley o regulación que implemente dicha regulación en cualquier estado miembro de la Unión Europea o el Reino Unido).
 

NOTIFICACIÓN IMPORTANTE

LA INFORMACIÓN QUE FIGURA EN ESTE COMUNICADO DE PRENSA PUEDE CAMBIARSE SIN AVISO PREVIO Y EN SU TOTALIDAD EN RELACIÓN A CUALQUIER OTRA INFORMACIÓN REFERENTE A ESTA OFERTA. ESTE COMUNICADO DE PRENSA NO CONSTITUYE UN FOLLETO DE EMISIÓN O PROSPECTO Y SE PROPORCIONA ÚNICAMENTE PARA SU INFORMACIÓN Y NO SE PUEDE REPRODUCIR, REDISTRIBUIR O PONER A DISPOSICIÓN, EN SU TOTALIDAD O EN PARTE, A NINGUNA OTRA PERSONA PARA NINGÚN FIN, SIN PREVIO CONSENTIMIENTO DEL GESTOR DE LA OFERTA.

ESTE COMUNICADO DE PRENSA ESTÁ DIRIGIDO EXCLUSIVAMENTE A PROFESIONALES DEL MERCADO E INVERSORES INSTITUCIONALES Y SE PROPORCIONA ÚNICAMENTE A EFECTOS INFORMATIVOS Y NO DEBE SERVIR COMO SUSTITUTO DEL EJERCICIO INDEPENDIENTE DE SU JUICIO. NO TIENE POR OBJETO SERVIR COMO ASESORAMIENTO DE INVERSIÓN Y EN NINGÚN CASO SE USARÁ O CONSIDERARÁ UNA OFERTA PARA COMPRAR NINGÚN BONO NI ES UNA RECOMENDACIÓN PARA COMPRAR O VENDER NINGÚN BONO.

CUALQUIER DECISIÓN RELATIVA A LA LICITACIÓN DE BONOS EN VIRTUD DE LA OFERTA DEBERÁ REALIZARSE ÚNICAMENTE BASÁNDOSE EN UNA REVISIÓN INDEPENDIENTE POR SU PARTE SOBRE LA INFORMACIÓN DEL OFERTANTE DISPONIBLE PÚBLICAMENTE Y LA INFORMACIÓN PÚBLICA REFERENTE A LAS ACCIONES RELACIONADAS CON LOS BONOS. NINGÚN GESTOR DE LA OFERTA, EL AGENTE DE LICITACIÓN NI NINGUNA DE SUS CORRESPONDIENTES AFILIADAS ACEPTA NINGUNA RESPONSABILIDAD SURGIDA DEL USO DE, O HARÁ NINGUNA DECLARACIÓN CON RELACIÓN A LA PRECISIÓN O EXHAUSTIVIDAD DE, ESTE COMUNICADO DE PRENSA, LA INFORMACIÓN DEL OFERTANTE DISPONIBLE PÚBLICAMENTE O LA INFORMACIÓN PÚBLICA REFERENTE A LAS ACCIONES RELACIONADAS CON LOS BONOS.

EL GESTOR DE LA OFERTA TAMBIÉN ES EL COLOCADOR ADJUNTO PARA LA NUEVA OFERTA DE BONOS, EL GESTOR DE LA OFERTA Y SUS SUBSIDIARIAS Y AFILIADAS PUEDEN PRESTAR SERVICIOS ADICIONALES PARA, U OPERAR CON, EL OFERTANTE O LOS MIEMBROS DEL GRUPO DEL OFERTANTE, PUEDEN CREAR MERCADOS DE BONOS Y/O LAS ACCIONES REFERENTES A LOS BONOS Y/O TENER UNA POSICIÓN O EFECTUAR TRANSACCIONES EN DICHOS BONOS Y ACCIONES.

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EN RELACIÓN CON LA OFERTA, EL GESTOR DE LA OFERTA Y SUS AFILIADAS, ACTUANDO COMO INVERSORES POR CUENTA PROPIA, PUEDEN SUSCRIBIR VALORES DEL OFERTANTE O DUFRY AG O VENDER LOS BONOS O CUALQUIER ACCIÓN RELACIONADA CON LOS BONOS Y, POR ELLO, MANTENER EN SUS CARTERAS, COMPRAR O VENDER DICHOS BONOS O CUALQUIER VALOR DEL OFERTANTE O DUFRY AG O CUALQUIER INVERSIÓN RELACIONADA; ASIMISMO, TAMBIÉN PODRÁN OFERTAR O VENDER TALES INVERSIONES EN UN CONTEXTO DIFERENTE AL DE LA OFERTA. NO SE ESPERA QUE EL GESTOR DE LA OFERTA REVELE EL IMPORTE DE TALES INVERSIONES O TRANSACCIONES EN LA MEDIDA EN LA QUE SE REQUIERE POR PARTE DE LAS LEYES Y NORMATIVAS APLICABLES.

EL GESTOR DE LA OFERTA Y EL AGENTE DE LICITACIÓN ACTÚAN EN NOMBRE DEL OFERTANTE Y NADIE MÁS EN RELACIÓN CON LA OFERTA Y NO HARÁN RESPONSABLE A NINGUNA OTRA PERSONA POR PRESTAR LAS PROTECCIONES OFRECIDAS A LOS CLIENTES DEL GESTOR DE LA OFERTA O EL AGENTE DE LICITACIÓN, O POR PRESTAR ASESORAMIENTO EN RELACIÓN A LA OFERTA. NI EL GESTOR DE LA OFERTA NI EL AGENTE DE LICITACIÓN TIENE NINGUNA OBLICACIÓN PARA CON NINGÚN TITULAR DE LOS BONOS. NI EL GESTOR DE LA OFERTA, NI EL AGENTE DE LICITACIÓN NI NINGÚN DIRECTOR, OFICIAL, EMPLEADO, ASESOR O AGENTE CORRESPONDIENTE ASUME RESPONSABILIDAD ALGUNA O HACE DECLARACIONES NI DA GARANTÍAS, EXPRESA O IMPLÍTICAMENTE, SOBRE LA VERACIDAD, PRECISIÓN O INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN DE ESTE COMUNICADO DE PRENSA (O SI CUALQUIER INFORMACIÓN SE HA OMITIDO DEL COMUNICADO DE PRENSA) O CUALQUIER OTRA INFORMACIÓN RELATIVA AL OFERTANTE, SUS SUBSIDIARIAS O COMPAÑIAS ASOCIADAS, O CUALQUIER PÉRDIDA SURGIDA DE CUALQUIER USO DE ESTE COMUNICADO DE PRENSA O SU CONTENIDO SURGIDO POR CUALQIUER OTRO MOTIVO EN RELACIÓN CON ESTE.

NI EL OFERTANTE, NI EL AGENTE DE LICITACIÓN, NI EL GESTOR DE LA OFERTA NI NINGUNA DE SUS RESPECTIVAS AFILIADAS HAN EMPRENDIDO ACTO AGLUNO QUE PERMITIRÍA LA POSESIÓN O DISTRIBUCIÓN DE ESTE COMUNICADO DE PRENSA O CUALQUIER MATERIAL PUBLICITARIO RELACIONADO CON LA OFERTA, EN CUALQUIER JURISDICCIÓN DONDE SE REQUIERA EMPRENDER ACTOS A TALES EFECTOS. EL OFERTANTE, EL AGENTE DE LICITACIÓN Y EL GESTOR DE LA OFERTA REQUIEREN QUE LAS PERSONAS A CUYO PODER LLEGUE ESTE COMUNICADO DE PRENSA RESPETEN Y SE INFORMEN ACERCA DE CUALQUIER RESTRICCIÓN TAL.

NO SE REQUIERE LA PUBLICACIÓN DE UN PROSPECTO EN VIRTUD DE LA DIRECTIVA DE PROSPECTOS.

ESTA OFERTA DE COMPRA NO CONSTITUYE UNA INVITACIÓN PARA PARTICIPAR EN LA OFERTA EN NINGUNA JURISDICCIÓN EN LA QUE, POR PARTE O EN NOMBRE DE NINGUNA PERSONA, SEA ILEGAL REALIZAR TAL INVITACIÓN O QUE HAYA TAL PARTICIPACIÓN SEGÚN LAS LEYES DE VALORES APLICABLES. LA DISTRIBUCIÓN DE ESTA OFERTA DE COMPRA EN DETERMINADAS JURISDICCIONES PODRÁ RESTRINGIRSE POR LEY. EL OFERTANTE, EL GESTOR DE LA OFERTA Y EL AGENTE DE LICITACIÓN REQUIEREN QUE LAS PERSONAS A CUYO PODER LLEGUE ESTA OFERTA DE COMPRA RESPETEN Y SE INFORMEN ACERCA DE CUALQUIER RESTRICCIÓN TAL.

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