Fin de las actividades de estabilización de Brigade-M3 European Acquisition Corp.

PROHIBIDA SU DIVULGACIÓN, PUBLICACIÓN O DISTRIBUCIÓN, TOTAL O PARCIAL, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, EN ESTADOS UNIDOS, CANADÁ, AUSTRALIA, ISLAS CAIMÁN, JAPÓN O SUDÁFRICA O EN CUALQUIER OTRA JURISDICCIÓN EN LA QUE DICHA DIVULGACIÓN, PUBLICACIÓN O DISTRIBUCIÓN INFRINJA LAS LEYES PERTINENTES DE DICHA JURISDICCIÓN O REQUIERA SU REGISTRO U OTRAS MEDIDAS. ESTE ANUNCIO NO CONTIENE NI CONSTITUYE UNA OFERTA DE VALORES PARA LA VENTA NI UNA INVITACIÓN U OFERTA AL PÚBLICO O FORMULARIO DE SOLICITUD DE…
Comunicato Precedente

next
Comunicato Successivo

next
ÁMSTERDAM, (informazione.it - comunicati stampa - servizi)

PROHIBIDA SU DIVULGACIÓN, PUBLICACIÓN O DISTRIBUCIÓN, TOTAL O PARCIAL, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, EN ESTADOS UNIDOS, CANADÁ, AUSTRALIA, ISLAS CAIMÁN, JAPÓN O SUDÁFRICA O EN CUALQUIER OTRA JURISDICCIÓN EN LA QUE DICHA DIVULGACIÓN, PUBLICACIÓN O DISTRIBUCIÓN INFRINJA LAS LEYES PERTINENTES DE DICHA JURISDICCIÓN O REQUIERA SU REGISTRO U OTRAS MEDIDAS. ESTE ANUNCIO NO CONTIENE NI CONSTITUYE UNA OFERTA DE VALORES PARA LA VENTA NI UNA INVITACIÓN U OFERTA AL PÚBLICO O FORMULARIO DE SOLICITUD DE SUSCRIPCIÓN DE VALORES.

Se hace referencia al anuncio del 10 de diciembre de 2021 de Brigade-M3 European Acquisition Corp. (Amsterdam: BACEU) (la "Empresa"), una sociedad de adquisición con fines especiales patrocinada por Brigade SPAC Sponsor II LLC, junto con el socio estratégico M3 Euro SPAC Sponsor I, LP, para posibles actividades de estabilización en relación con la colocación privada de unidades (las "Unidades"), cada una de ellas consistente en una acción ordinaria (una “Acción ordinaria") y la mitad (1/2) de un warrant (un "Warrant"), que se lanzó el 8 de diciembre de 2021 (la "Oferta") y la admisión a cotización de las Unidades en Euronext Amsterdam.

Cantor-Aurel, una división de Aurel BGC SAS (el "Gestor de estabilización"), que actúa como gestor de estabilización en relación con la Oferta, comunica que las operaciones de estabilización se completaron entre el 10 y el 14 de diciembre de 2021. No se han realizado ni se realizarán más operaciones de estabilización después del 17 de diciembre de 2021, por lo que el periodo de estabilización ha finalizado en esa fecha, y no se ejercerá la opción de sobreasignación concedida al gestor de estabilización por la Sociedad.

En el siguiente cuadro se detallan las actividades de estabilización llevadas a cabo por el Gestor de estabilización.

Fecha

Compra/Venta

Volumen

Precio menor

Precio máximo

Divisa de estabilización

Plataforma

10/12/21

Compra

450.000

9,90

9,90

USD

Ámsterdam

14/12/21

Compra

50.000

9,90

9,90

USD

Ámsterdam

Cantor-Aurel, una división de Aurel BGC SAS y Cantor Fitzgerald Europe actuaron como coordinadores globales conjuntos. Cantor-Aurel actuó como único bookrunner.

EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD

Esta comunicación no está destinada a ser distribuida o difundida, directa o indirectamente, y no debe ser distribuida o enviada a Estados Unidos, Australia, Canadá, Japón, las Islas Caimán o Sudáfrica, ni a ninguna otra jurisdicción en la que dicha distribución o difusión sea ilegal o esté sujeta a registro u otra acción. Esta comunicación no contiene ni constituye una oferta de valores para la venta ni una invitación u oferta al público ni un formulario de solicitud de valores.

La divulgación, publicación o distribución de esta comunicación en determinadas jurisdicciones puede estar sujeta a restricciones legales, por lo que las personas que se encuentren en las jurisdicciones en las que se realice la divulgación, publicación o distribución deberán informarse y respetar dichas restricciones. La empresa no ha tomado ninguna medida para autorizar una oferta de valores o la posesión o distribución de esta comunicación o de cualquier otro material de oferta o publicitario relacionado con estos valores en cualquier jurisdicción que requiera una acción a tal efecto.

Esta comunicación no constituye una oferta de venta ni una solicitud de oferta de compra de los valores en Estados Unidos, no forma parte de tal oferta o solicitud y no debe interpretarse como tal oferta o solicitud. Los valores a los que se hace referencia en este anuncio no han sido ni serán registrados de acuerdo con la Ley de Valores de Estados Unidos, en su versión modificada, y no pueden ser ofertados o vendidos en Estados Unidos sin registro o sin una exención aplicable de los requisitos de registro de la Ley de Valores de Estados Unidos y en cumplimiento de las leyes de valores aplicables de cualquier estado u otra jurisdicción de Estados Unidos. La empresa no tiene intención de registrar ninguna parte de la oferta en Estados Unidos ni de realizar una oferta pública de valores en ese país. Cualquier oferta pública de valores en Estados Unidos se hará mediante un folleto, que estará disponible en la empresa y contendrá información detallada sobre la empresa y su gestión, así como estados financieros.

En el EEE, esta comunicación se dirige únicamente a las personas consideradas "inversores cualificados" en el sentido del artículo 2, (e), del Reglamento sobre el folleto (UE 2017/1129) modificado.

En el Reino Unido, esta comunicación se dirige únicamente a "inversores cualificados" en el sentido del artículo 2(e) del Reglamento (UE) 2017/1129 sobre el Folleto, tal y como se ha incorporado a la legislación nacional del Reino Unido en virtud de la Ley de 2018 sobre la Retirada de la Unión Europea, (la "EUWA") (el “Reglamento británico sobre el folleto”) en su versión modificada, que también son (i) personas con experiencia profesional en inversiones que cumplen la definición de "profesionales de la inversión" del artículo 19(5) de la Financial Services and Markets Act 2000 (Financial Promotion) Order 2005 (la "Orden"); (ii) las personas jurídicas, las asociaciones no constituidas en sociedad y los fideicomisarios de fideicomisos de alto valor, tal como se describen en el artículo 49 (2) de la Orden; o (iii) las personas a las que se puede revelar legalmente (todas estas personas se denominan "personas pertinentes"). Esta comunicación no debe ser utilizada o confiada a personas del Reino Unido que no sean personas relevantes. Cualquier inversión o actividad de inversión a la que se hace referencia en esta comunicación sólo está disponible en el Reino Unido para personas relevantes y sólo se realizará con personas relevantes.

Esta comunicación no constituye un folleto. Se realizará una oferta de adquisición de valores en virtud de la Oferta propuesta, y se invita a cualquier inversor a realizar su inversión exclusivamente sobre la base de la información contenida en el Folleto que se pone a disposición comúnmente en los Países Bajos en relación con la admisión a cotización y negociación de las Acciones ordinarias y los Warrants en Euronext Amsterdam (la "Admisión"). Pueden obtenerse gratuitamente ejemplares del Folleto en el sitio web de la Empresa.

Las declaraciones prospectivas son declaraciones que no son hechos históricos y pueden identificarse con palabras como "creer", "esperar", "anticipar", "apuntar", "pretender", "estimar", "planear", "prever", "proyectar", "hacer", "poder", "continuar", "debería" y expresiones similares. Las declaraciones prospectivas contenidas en esta comunicación se basan en varias suposiciones, muchas de las cuales se basan a su vez en otras suposiciones, incluyendo que no habrá cambios en las condiciones políticas, legales, fiscales, de mercado o económicas existentes o en las leyes, reglamentos o normas aplicables (incluyendo, pero no limitado a, principios contables, tratamientos contables y políticas fiscales), que, individualmente o en su conjunto, podrían afectar de forma importante a los resultados de las operaciones de la empresa o a su capacidad para dirigir sus negocios, y que la empresa no está inmersa en ningún procedimiento legal o administrativo que pudiera tener un efecto importante sobre ella. Aunque la empresa cree que estas hipótesis eran razonables en el momento en que se hicieron, están sujetas a riesgos materiales conocidos y desconocidos, incertidumbres, contingencias y otros factores que son difíciles o imposibles de predecir y que están fuera del control de la empresa. Estos riesgos, incertidumbres, contingencias y otros factores importantes podrían hacer que los acontecimientos reales difieran materialmente de las expectativas expresadas o implícitas en dichas declaraciones prospectivas en esta comunicación. Además, la información, las opiniones, los objetivos y las declaraciones prospectivas contenidas en esta comunicación no son garantía de resultados financieros futuros y los resultados reales de la empresa podrían diferir materialmente de los expresados o implícitos en dichas declaraciones prospectivas. La empresa renuncia expresamente a cualquier obligación o compromiso de publicar cualquier actualización o revisión de dichas declaraciones prospectivas para reflejar cualquier cambio en las expectativas de la empresa con respecto a las mismas o cualquier cambio en los acontecimientos, condiciones o circunstancias en las que se basa cualquier declaración a partir de la fecha de este comunicado o para actualizar o revisar cualquier otra información contenida en este comunicado. Por lo tanto, la empresa advierte a los lectores que no deben confiar indebidamente en ninguna de las afirmaciones anteriores.

La información, las opiniones y las afirmaciones de carácter prospectivo contenidas en esta comunicación se refieren únicamente a la fecha de su publicación y están sujetas a cambios sin previo aviso.

Cualquier compra de valores en el marco de la Oferta debe realizarse únicamente sobre la base de la información contenida en el Folleto. La información contenida en esta comunicación está sujeta a cambios. Antes de adquirir valores en el marco de la Oferta, aquellos que consulten esta comunicación deben asegurarse de que comprenden y aceptan plenamente los riesgos expuestos en el Folleto. No se debe confiar para ningún propósito en la información contenida en esta comunicación ni en su exactitud o integridad. Esta comunicación o su distribución no apoyará ni constituirá una oferta o invitación para vender o emitir, ni una solicitud de oferta para comprar, ningún valor y no será (en todo o en parte) la base de ningún contrato ni se confiará en él.

La fecha de Admisión puede verse influida por diversos factores, como las condiciones del mercado. No hay garantía de que se produzca la admisión. Los lectores no deben basar sus decisiones financieras en este anuncio. La realización de las inversiones a las que se refiere este anuncio puede exponer al inversor a un riesgo considerable de perder la totalidad de la cantidad invertida.

Se aconseja a las personas que estén pensando en realizar inversiones que consulten a una persona autorizada y especializada en el asesoramiento de inversiones. Esta comunicación no forma parte de una recomendación ni constituye una recomendación de ninguna oferta. El valor de los títulos puede bajar o subir. Los posibles inversores deben consultar a un asesor profesional sobre la idoneidad de una posible oferta para la persona en cuestión.

Cantor Aurel o cualquiera de sus filiales o representantes, o sus respectivos directores, funcionarios o empleados, o cualquier otra persona, no ofrecen ninguna representación o garantía, expresa o implícita, ni aceptan ninguna responsabilidad en cuanto a la exactitud, la corrección, verificación o integridad de la información o las opiniones contenidas en esta comunicación y nada en esta comunicación es una garantía o representación, o se considerará como una garantía o representación de Cantor-Aurel o cualquiera de sus afiliados o representantes, o sus respectivos directores, funcionarios o empleados o cualquier otra persona, con respecto al pasado o al futuro. Ni Cantor-Aurel, ni sus filiales o representantes, ni sus respectivos consejeros, directivos o empleados, ni ninguna otra persona en sus respectivas capacidades en relación con la Oferta, aceptan responsabilidad alguna por el contenido de esta comunicación o por cualquier otra declaración hecha o supuestamente hecha por ella o en su nombre en relación con la Empresa, la Oferta, las Unidades, las Acciones ordinarias y/o los Warrants. Por lo tanto, Cantor-Aurel y sus filiales o representantes, así como sus respectivos directores, funcionarios o empleados, o cualquier otra persona, renuncian, en la medida en que lo permita la legislación aplicable, a toda responsabilidad, ya sea extracontractual o contractual, o de otro tipo, que surja de esta comunicación o de cualquier otra declaración.

Cantor-Aurel actúa exclusivamente para la Sociedad y para ninguna otra persona en relación con la Oferta y no tratará a ninguna otra persona como su respectivo cliente en relación con la Oferta y no será responsable ante nadie más que la Sociedad de proporcionar las protecciones ofrecidas a sus clientes o de proporcionar asesoramiento en relación con la Oferta, la Admisión o cualquier transacción o acuerdo al que se haga referencia en esta comunicación.

Cantor-Aurel y/o sus filiales podrán en el futuro, de vez en cuando, realizar actividades de banca comercial, banca de inversión, asesoramiento financiero y actividades auxiliares en el curso ordinario de sus negocios con la Empresa o cualquiera de sus partes relacionadas, por las que han recibido y podrán recibir en el futuro los honorarios y comisiones habituales. Además, Cantor Aurel y/o sus filiales pueden, en el curso de su actividad ordinaria, poseer valores de la Empresa con fines de inversión por cuenta propia y por cuenta de sus clientes. Además, Cantor-Aurel tiene derecho a recibir una comisión diferida condicionada a la realización de una Combinación de negocios. El hecho de que los intereses financieros de Cantor-Aurel o de sus filiales estén vinculados a la realización de una Combinación de negocios puede dar lugar a posibles conflictos de intereses en la prestación de servicios a la Empresa, incluidos los posibles conflictos de intereses relacionados con la búsqueda y realización de una Combinación de negocios o la emisión de una opinión de imparcialidad. Por lo tanto, estas partes pueden tener intereses que pueden no estar alineados o pueden entrar en conflicto con los intereses de los inversores o de la Empresa. A este respecto, el intercambio de información suele estar limitado por razones de confidencialidad, por procedimientos internos y por normas y reglamentos.

En relación con la Oferta, Cantor-Aurel y cualquiera de sus filiales, actuando como inversores principales, podrán suscribir Unidades en la Oferta y, en esa calidad, podrán mantener, comprar, suscribir o vender por cuenta propia dichos valores y cualesquiera Unidades o inversiones relacionadas y ofrecer o vender dichas Unidades u otras inversiones fuera de la Oferta. En consecuencia, las referencias en esta comunicación a las Unidades que se ofrecen o colocan deben entenderse como cualquier oferta o colocación de Unidades a Cantor-Aurel o a cualquiera de sus filiales que actúe como tal. Además, Cantor-Aurel o sus filiales podrán celebrar acuerdos de financiación (incluidos los swaps) con inversores en virtud de los cuales Cantor-Aurel (o sus filiales) podrán adquirir, mantener o enajenar ocasionalmente Unidades, Acciones Ordinarias y Warrants. Ni Cantor-Aurel ni sus filiales tienen intención de revelar el alcance de dichas inversiones o transacciones, salvo en virtud de una obligación legal o reglamentaria. Como resultado de estas operaciones, Cantor-Aurel y sus filiales pueden tener intereses que pueden divergir, o incluso entrar en conflicto, con los intereses de los Accionistas ordinarios o los titulares de garantías o los intereses de la Empresa.

Esta comunicación contiene información que se califica como información privilegiada en el sentido del artículo 7, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre el abuso de mercado.

Información a los distribuidores del EEE

Únicamente a efectos de los requisitos de gobernanza de los productos contenidos en: (a) la Directiva 2014/65/UE de la UE relativa a los mercados de instrumentos financieros, en su versión modificada ("MiFID II"); (b) los artículos 9 y 10 de la Directiva Delegada (UE) 2017/593 de la Comisión que complementa la MiFID II; y (c) las medidas locales de aplicación (en conjunto, los "Requisitos de gobernanza de productos de la MiFID II"), y renunciando a toda y cualquier responsabilidad, ya sea por delito, agravio, contrato u otro, que cualquier "fabricante" (a los efectos de los Requisitos de gobernanza de productos de la MiFID II) pueda tener con respecto a los mismos, las Unidades, las Acciones ordinarias y los Warrants han sido sometidos a un proceso de aprobación de productos, que ha determinado que: (X) las Unidades son: (i) compatibles con un mercado objetivo final de inversores que cumplen los criterios de clientes profesionales y contrapartes elegibles, cada uno según se define en la MiFID II; y (ii) apropiadas para su distribución a través de todos los canales de distribución a contrapartes elegibles y clientes profesionales según se permite en la MiFID; (Y) las Acciones ordinarias son (i) compatibles con un mercado objetivo final de inversores minoristas e inversores que cumplen los criterios de clientes profesionales y contrapartes elegibles, cada uno de ellos según se define en la MiFID II; y (ii) apropiadas para su distribución a través de todos los canales de distribución según se permite en la MiFID II; y (Z) los Warrants son: (i) compatibles con un mercado objetivo final de inversores que cumplen los criterios de clientes profesionales y contrapartes elegibles, cada uno según se define en la MiFID II; y (ii) adecuados para su distribución a través de todos los canales de distribución a contrapartes elegibles y clientes profesionales según se permite en la MiFID II (cada uno, una "Evaluación del mercado objetivo del EEE").

Cualquier persona que posteriormente ofrezca, venda o recomiende las Unidades, las Acciones ordinarias o los Warrants (un "Distribuidor") debe tener en cuenta la(s) Evaluación(es) pertinente(s) del mercado objetivo del EEE de los fabricantes; sin embargo, cada Distribuidor sujeto a la MiFID II es responsable de llevar a cabo su propia evaluación del mercado objetivo con respecto a las Unidades, las Acciones ordinarias o los Warrants (adoptando o refinando las Evaluaciones del mercado objetivo de la MiFID II de los fabricantes) y determinando, en cada caso, los canales de distribución adecuados.

Con respecto a las Acciones ordinarias, a pesar de la Evaluación del mercado objetivo del EEE, los Distribuidores (a los efectos de los Requisitos de gobernanza del producto de la MiFID II) deben tener en cuenta que (i) el precio de las Acciones ordinarias puede bajar y los inversores podrían perder la totalidad o parte de su inversión; (ii) las Acciones ordinarias no ofrecen ingresos garantizados ni protección del capital; y (iii) una inversión en Acciones ordinarias es compatible únicamente con inversores que no necesiten ingresos garantizados ni protección del capital, que (solos o junto con un asesor financiero o de otro tipo adecuado) sean capaces de evaluar las ventajas y los riesgos de dicha inversión y que dispongan de recursos suficientes para poder soportar las pérdidas que puedan derivarse de ella.

Las Evaluaciones del mercado objetivo del EEE se entienden sin perjuicio de los requisitos de cualquier restricción de venta contractual, legal o reglamentaria en relación con las Unidades, las Acciones ordinarias y los Warrants. Además, se observa que, a pesar de las Evaluaciones del mercado objetivo del EEE, los Coordinadores globales conjuntos solo conseguirán inversores que cumplan los criterios de clientes profesionales y contrapartes elegibles.

Para evitar dudas, las Evaluaciones del mercado objetivo del EEE no constituyen: (i) una evaluación de la idoneidad o conveniencia a los efectos de la MIFID II; o (ii) una recomendación a cualquier inversor o grupo de inversores para que inviertan, compren, o realicen cualquier otra acción con respecto a las Unidades, las Acciones ordinarias y los Warrants.

Información para distribuidores del Reino Unido

Únicamente a efectos de cumplir con los requisitos de gobernanza de productos establecidos en el capítulo 3 del FCA Handbook (el manual de la Autoridad de Conducta Financiera del Reino Unido) titulado Libro de consulta sobre gobernanza e intervención de productos (los "Requisitos de gobernanza de productos del Reino Unido"), y renunciando a toda y cualquier responsabilidad, ya sea extracontractual, contractual o de otro tipo, que cualquier "fabricante" (a los efectos de los Requisitos de gobernanza de productos del Reino Unido) pueda tener con respecto a los mismos, las Unidades, las Acciones ordinarias y los Warrants han sido sometidos a un proceso de aprobación de productos, que ha determinado que: (X) las Unidades son: (i) compatibles con un mercado objetivo final de inversores que cumplen los criterios de contrapartes elegibles, tal y como se definen en el Conduct of Business Sourcebook ("COBS"), el manual de conducta empresarial del FCA Handbook, y clientes profesionales, tal y como se definen en el COBS; y (ii) todos los canales de distribución a contrapartes elegibles y clientes profesionales son adecuados; (Y) las Acciones ordinarias son: (i) compatibles con un mercado objetivo final de inversores que cumplen los criterios de clientes minoristas, clientes profesionales y contrapartes elegibles, cada uno según se define en el COBS; y (ii) todos los canales de distribución son adecuados; y (Z) los Warrants son: (i) compatibles con un mercado objetivo final de inversores que cumplen los criterios de contrapartes elegibles y clientes profesionales, tal y como se definen en el COBS; y (ii) todos los canales de distribución a contrapartes elegibles y clientes profesionales son adecuados (cada uno de ellos, una "Evaluación del mercado objetivo del Reino Unido").

Un Distribuidor (tal y como se ha definido anteriormente) debe tener en cuenta la(s) Evaluación(es) pertinente(s) del mercado objetivo del Reino Unido de los fabricantes; sin embargo, cada Distribuidor sujeto a los Requisitos de gobernanza de productos del Reino Unido es responsable de llevar a cabo su propia evaluación del mercado objetivo con respecto a las Unidades, las Acciones ordinarias o los Warrants (adoptando o refinando las Evaluaciones del mercado objetivo del Reino Unido de los fabricantes) y determinando, en cada caso, los canales de distribución adecuados.

Con respecto a las Acciones ordinarias, a pesar de la Evaluación del mercado objetivo del Reino Unido, los Distribuidores (a los efectos de los Requisitos de gobernanza del producto del Reino Unido) deben tener en cuenta que (i) el precio de las Acciones ordinarias puede bajar y los inversores podrían perder la totalidad o parte de su inversión; (ii) las Acciones ordinarias no ofrecen ingresos garantizados ni protección del capital; y (iii) una inversión en Acciones ordinarias es compatible únicamente con inversores que no necesiten ingresos garantizados ni protección del capital, que (solos o junto con un asesor financiero o de otro tipo adecuado) sean capaces de evaluar las ventajas y los riesgos de dicha inversión y que dispongan de recursos suficientes para poder soportar las pérdidas que puedan derivarse de ella.

Las Evaluaciones del mercado objetivo del Reino Unido se entienden sin perjuicio de los requisitos de cualquier restricción de venta contractual, legal o reglamentaria en relación con las Unidades, las Acciones ordinarias y los Warrants. Además, se observa que, a pesar de las Evaluaciones del mercado objetivo del Reino Unido, los Coordinadores globales conjuntos solo conseguirán inversores que cumplan los criterios de clientes profesionales y contrapartes elegibles.

Para evitar dudas, las Evaluaciones del mercado objetivo del Reino Unido no constituyen: (i) una evaluación de la idoneidad o conveniencia a los efectos de los capítulos 9A o 10A del COBS; o (ii) una recomendación a cualquier inversor o grupo de inversores para que inviertan, compren, o realicen cualquier otra acción con respecto a las Unidades, las Acciones ordinarias y los Warrants.

Prohibición de venta a inversores minoristas del EEE

Las Unidades y los Warrants no están destinados a ser ofrecidos, vendidos o puestos a disposición de ningún inversor minorista en el Espacio Económico Europeo ("EEE") y no deberían serlo. A estos efectos, se entiende por inversor minorista una persona que es uno (o más) de: (i) un cliente minorista, tal como se define en el punto (11) del artículo 4, apartado 1, de la MiFID II; (ii) un cliente en el sentido de la Directiva (UE) 2016/97 (en su versión modificada, la "Directiva sobre distribución de seguros"), cuando dicho cliente no pueda considerarse un cliente profesional, tal y como se define en el artículo 4, apartado 1, punto (10) de la MiFID II; o (iii) que no sea un inversor cualificado, tal como se define en el Reglamento sobre el folleto. En consecuencia, no se ha elaborado ningún documento de datos fundamentales exigido por el Reglamento (UE) n.º 1286/2014 (en su versión modificada, el "Reglamento sobre los PRIIP") para ofrecer o vender las Participaciones y los Warrants o ponerlos de otro modo a disposición de inversores minoristas en el EEE y, por tanto, ofrecer o vender las Unidades y los Warrants o ponerlos de otro modo a disposición de cualquier inversor minorista en el EEE puede ser ilegal en virtud del Reglamento PRIIP.

Prohibición de venta a inversores minoristas del Reino Unido

Las Unidades y los Warrants no están destinados a ser ofrecidos, vendidos o puestos a disposición de ningún inversor minorista en el Reino Unido y no deberían serlo. A estos efectos, se entiende por "inversor minorista" una persona que es uno (o más) de: (i) un cliente minorista, tal y como se define en el punto (8) del artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 2017/565, tal y como forma parte de la legislación nacional en virtud de la Ley de 2018 sobre la Retirada de la Unión Europea (la "EUWA"); (ii) un cliente en el sentido de las disposiciones de la Ley de Servicios y Mercados Financieros de 2000 (la "FSMA") y cualquier norma o reglamento dictado en virtud de la FSMA para aplicar la Directiva de Distribución de Seguros, cuando dicho cliente no se califique como cliente profesional, tal y como se define en el artículo 2, apartado 1, punto (8) del Reglamento (UE) n.º 600/2014, ya que forma parte de la legislación nacional en virtud de la EUWA; o (iii) no sea un inversor cualificado, tal y como se define en el artículo 2 del Reglamento sobre el Folleto del Reino Unido. En consecuencia, no se ha elaborado ningún documento de datos fundamentales exigido por el Reglamento (UE) n.º 1286/2014 ya que forma parte del derecho interno del Reino Unido en virtud del EUWA (el "Reglamento sobre los PRIIP del Reino Unido") para ofrecer o vender las Participaciones y los Warrants o ponerlos de otro modo a disposición de inversores minoristas en el Reino Unido y, por tanto, ofrecer o vender las Unidades y los Warrants o ponerlos de otro modo a disposición de cualquier inversor minorista en el Reino Unido puede ser ilegal en virtud del Reglamento de los PRIIP del Reino Unido.

El comunicado en el idioma original es la versión oficial y autorizada del mismo. Esta traducción es solamente un medio de ayuda y deberá ser comparada con el texto en idioma original, que es la única versión del texto que tendrá validez legal.

Copyright Business Wire 2021

CONSULTAS
Brigade-M3 European Acquisition Corp.
c/o Brigade Capital Management, LP
[email protected]

Per maggiori informazioni
Ufficio Stampa
 Business Wire (Leggi tutti i comunicati)
40 East 52nd Street, 14th Floor
10022 New York Stati Uniti
Allegati
Slide ShowSlide Show
Non disponibili